DNI CONSTITUYE ÚNICA CÉDULA DE IDENTIDAD PERSONAL
Mediante Resolución Jefatural Nº 847-2009-JNAC/RENIEC, de fecha 22 de diciembre de 2009, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ha reiterado que el DNI constituye la única cédula de identidad personal para todos los efectos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y para todos aquellos casos en que por mandato legal, debe ser presentado.
Asimismo, se precisó que el nombre del titular consignado en el DNI debe
corresponder al registrado en el Acta de Nacimiento de éste. Las incongruencias de nombre que aparece en el DNI y el Acta de Nacimiento de su titular, obligan a éste a efectuar la rectificación correspondiente, en virtud a los procedimientos administrativos del RENIEC.
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