Los peruanos que deseen contraer matrimonio en el Brasil deberán hacerlo ante el Cartorio del Registro civil de su lugar de domicilio bajo los requisitos y formalidades de la ley de este país. Los Cónsules no están facultados para celebrar matrimonios, sólo lo están para registrar los ocurridos en su jurisdicción. A solicitud de los interesados el Cónsul registra los matrimonios celebrados en el exterior en la Sección Matrimonios de los Registros de Estado Civil del Perú. Este registro confiere todos los derechos y obligaciones propias de un matrimonio civil realizado dentro del territorio nacional. No existe fecha límite para esta inscripción.


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1. Que al menos uno de los conyuges tenga nacionalidad peruana.
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2. Certificado de matrimonio original expedida por la autoridad competente del Brasil, y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país y una copia autenticada.
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3. Presentar Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) con las ultimas votaciones al día, en caso de figurar como omiso deberá hacer efetivo el pago de las multas previo al trámite de inscripción.
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4. El trámite es gratuito.
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“El matrimonio celebrado en el Brasil, debe ser inscrito en el Registro Civil peruano para que adquiera validez en el Perú”

”Quien por diversa causa no haya inscrito su matrimonio celebrado en el Brasil ante un Consulado Peruano, puede realizar esta inscripción en el Perú, una vez que ingresa al Perú con voluntad de residir, en el municipio del lugar de su domicilio, y dentro de los noventa días de haber ingresado al Perú.”.

 

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